¡El Estado es responsable! Caso Jineth Bedoya
#TriunfamosPorqueNoCallamos
Tras 21 años de ocurridos los hechos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró al Estado colombiano responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, honra, dignidad y libertad de expresión de la periodista Jineth Bedoya, quien sufrió actos de tortura y violencia sexual luego de ser secuestrada en la entrada de la cárcel La Modelo el 25 de mayo de 2000. La Corte también declaró la responsabilidad del Estado por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley, por la falta de debida diligencia en las investigaciones realizadas sobre los hechos y el carácter discriminatorio en razón de género de tales investigaciones.
El tribunal reconoció que para la época se vivía un contexto de violencia y, especialmente, de violencia sexual, en contra de las mujeres periodistas en el país. Afirmó también que la violencia sexual contra las mujeres era una práctica habitual, extendida, sistemática e invisible en el marco del conflicto armado colombiano, y que ha sido empleada como un arma de guerra.
La Corte ordenó diferentes medidas de reparación entre las que se encuentra la continuación de las investigaciones necesarias para determinar, juzgar -y si hay lugar- sancionar a la totalidad de los responsables de los actos de amenazas y violencia en contra de Jineth. Así mismo, ordenó garantizar la difusión del programa de trans-media “No es hora de callar”, que se transmitirá por el sistema de medios públicos y crear un centro estatal de memoria y dignificación de todas las mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado y del periodismo de investigación. Por último, la Corte IDH solicitó crear un fondo con destino a la financiación de programas dirigidos a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia, así como para la adopción de medidas de protección en favor de las mujeres periodistas y para pagar la condena en pecuniaria por concepto de rehabilitación y daños materiales e inmateriales.
Esta sentencia permite avanzar en el reconocimiento de la violencia sexual como estrategia y arma de guerra en el marco del conflicto armado colombiano, que deja efectos diferenciados sobre las mujeres y las niñas, quienes son las principales víctimas de estos actos delictivos. Además, reafirma las obligaciones estatales en materia de protección y garantía de los derechos de las mujeres exigiéndole al Estado a actuar con la debida diligencia para el acceso de las mujeres al sistema de administración de justicia y para la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de este tipo de delitos. A través de este pronunciamiento, la Corte IDH reafirma el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, a la vez que respalda la libertad de prensa y promueve acciones en favor de la memoria y la reparación de las víctimas.
Desde Limpal Colombia celebramos la decisión de la Corte y exigimos al gobierno nacional que cumpla con lo ordenado oportunamente, de manera que reconozca su responsabilidad y promueva la reparación de las víctimas. También, hacemos un llamado al Estado colombiano para que promueva y fortalezca acciones preventivas que eviten la repetición de actos similares de violencia en contra de mujeres periodistas y de otras mujeres que, en el marco del conflicto armado, se ven expuestas a riesgos diferenciados, entre los que se encuentra la violencia sexual.
19 de octubre de 2021
Limpal, Bogotá D.C., Colombia